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RESOLUCIÓN No 02-26CT

RESOLUCIÓN No 02-26CT

 

      La Comisión Técnica y Sancionadora de la Federación Panameña de Beisbol

      (FEDEBEIS), en uso de las facultades legales que le confieren las leyes del torneo:

CONSIDERANDO:
Que, durante la celebración del partido No. 78, del Calendario Oficial del 83 Campeonato Nacional de Beisbol Mayor, realizado en el estadio Roberto Hernández, entre los equipos de Veraguas y Los Santos, se presentaron una serie de situaciones que, ocasionaron la suspensión de ese partido.

  • Los hechos ocurridos el día 28 de marzo de 2026 en el Estadio Roberto “Flaco Bala” Hernández, durante el desarrollo del Campeonato Nacional de Béisbol, los cuales atentan contra el orden, la disciplina, el respeto y el espíritu deportivo que debe prevalecer en toda competencia oficial organizada bajo la jurisdicción de la Federación Panameña de Béisbol.
  • Que la Comisión Técnica como ente sancionador de la FEDEBEIS, en su rol rector del béisbol nacional, tiene la responsabilidad de velar por el cumplimiento de las normas disciplinarias, la sana convivencia deportiva y el respeto entre jugadores, cuerpo técnico, oficiales y aficionados.

Que los informes arbitrales, técnicos y la evaluación de los videos evidencian conductas contrarias al reglamento vigente, tipificadas en los artículos correspondientes del reglamento disciplinario.

Que dichas conductas afectan la imagen del béisbol nacional y constituyen un mal ejemplo para las futuras generaciones de peloteros en desarrollo.

RESUELVE:

  • Sancionar con quince (15) juegos de suspensión al Director del equipo de la Provincia de Veraguas, señor Abdiel Ramos, conforme a lo establecido en el Artículo 84, acápite K del reglamento disciplinario vigente.
  • Sancionar con cuatro (4) años de suspensión al jugador Juan Aizpurúa de la Provincia de Veraguas, conforme a lo establecido en el Artículo 4, acápite I.
  • Sancionar con cuatro (4) juegos de suspensión a los jugadores de la Provincia de Veraguas:

Erick Mordock

Jonathan Amaya

Dixon González

Javier Reyna

y de la Provincia de Los Santos:

Ismael Velasco

Yeison Austin

Lo anterior, en virtud de su participación en los hechos antes descritos, en violación a las normas disciplinarias que rigen el béisbol nacional.

  • Las sanciones aquí impuestas entran en vigor desde el día que se sucedieron los hechos, en caso que algún jugador haya participado en algún partido posterior al suceso de los hechos la misma entra en vigor a partir de su publicación para dichos jugadores.
  • Se advierte a todos los actores del béisbol nacional que la Comisión Técnica mantendrá una política de cero tolerancia ante actos que atenten contra la disciplina, el respeto y el juego limpio.
  • Notifíquese a las ligas provinciales correspondientes, a los sancionados y publíquese para conocimiento general.

Dado en la ciudad de Panamá, a los treinta (30) días del mes de marzo de 2026.

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